Si su salud no sólo no mejora, sino que lamentablemente desde hace un tiempo va a peor, es el momento de plantearse Solicitar Revisión de Grado de Incapacidad Permanente.
¿Quién puede solicitar la Revisión de Grado de Incapacidad Permanente?
Podrán solicitarla aquellas personas que ya tienen reconocida una Incapacidad Permanente, tales como:
– Incapacidad Permanente Parcial.
–
Incapacidad Permanente Total.
–
Incapacidad Permanente Absoluta.
¿Cuándo puede solicitar la Revisión de Grado?
Esencialmente hay dos supuestos en los que puede iniciar este tipo de procedimientos:
1.- Cuando se ha producido el agravamiento de sus patologías, enfermedades o lesiones, por las que le fue reconocida la Incapacidad Permanente de modo que le ocasionan limitaciones que le impiden el desarrollo de su profesión habitual; el desempeño de cualquier tipo de trabajo; e incluso, puede necesitar la ayuda de terceras personas para llevar a cabo necesidades básicas como comer, vestirse, asearse, desplazarse, …. , sin duda, le recomendamos iniciar el Proceso de Revisión de Grado, procedimiento en el que estamos especializados.
2.- De otra parte, puede ocurrir igualmente que con posterioridad al reconocimiento de su Incapacidad Permanente, padezca nuevas patologías o enfermedades o lesiones, que dificultan la realización de su profesión habitual o de cualquier otro trabajo, esto es, nuevas limitaciones que repercuten en el ámbito personal y laboral.
A modo de resumen, para solicitar la Revisión de Grado es indispensable:
– Que tenga reconocida una Incapacidad Permanente (parcial, total o absoluta).
– Que padezca un agravamiento de las patologías, enfermedades o lesiones que sirvieron de base para el reconocimiento de su Incapacidad Permanente, o bien, sufrir nuevas patologías, enfermedades o lesiones, que se suman a las ya reconocidas con anterioridad.
– Tener debidamente recopilada la documentación médica e Informes Médicos de los especialistas desde el momento de su Incapacidad Permanente hasta la actualidad.
– Comparar su cuadro médico al momento de su Incapacidad Permanente y el cuadro médico actual y para ello es necesario:
>La Resolución de su Incapacidad Permanente.
>Dictamen Propuesta del INSS.
>Documentación Médica e Informes Médicos de los especialistas desde el momento de su Incapacidad Permanente hasta la actualidad.
¿Cómo comenzar los trámites para la Revisión de Grado de Incapacidad Permanente?
En primer lugar, acudiendo a un Abogado Especialista en Revisión de Grado para que tras el análisis de la documentación que usted aporte, pueda informarle de la viabilidad para la consecución de la nueva Incapacidad Permanente antes de iniciar el proceso de Revisión de Grado.
Para ello, es necesario hacer una comparativa sobre la situación de salud en la que se encontraba al momento en el que se le reconoció su Incapacidad Permanente, con la situación en la que se encuentra actualmente, tras el agravamiento y/o nuevas patologías y enfermedades existentes, siempre basándonos en la documentación médica.
Es primordial estudiar su caso y concretar las limitaciones que dichas patologías le producen en el desempeño de su profesión habitual, en cualquier otro trabajo y las limitaciones que padece en su día a día a nivel personal (en su casa, con su familia y entorno) y a nivel laboral.